Testamento de Doña Antonia Mejía de Tovar, viuda de Don Juan Andrés Botero. IV Parte.

A D. Juan José Botero. Guarde Dios muchos años.

En el Valle de Rionegro. Hermano Juan José Botero. 

[Al margen] Hermano, yo estoy pasadero, algo me mortifica, la melancolía, pero en todo hágase la voluntad de mi amado Dios.

Mi amado hermano, 

Recibí la suya y dejo a la piadosa consideración de mi hermano lo que sentiría al ver su contenido, pero a lo que Nuestro Señor hace no hay otro remedio que humillar la cabeza y arrojarnos en las entrañas de su misericordia. 

Amado hermano, acerca de la pregunta que me hace de si se me ofrece prevenir alguna cosa acerca de los bienes de mi amada madre, digo que aunque en otras religiones pueden heredar, yo soy tan incapaz de ello que me ha de considerar en ese particular como muerto o como si nunca hubiera sido en el mundo. 

Lo que le ruego a mi hermano es que no perdone diligencia que conduzca a quien se finalice breve la causa y a todos mis hermanos en común les ruego por la pasión de mi Señor Jesucristo que partan como hermanitos los bienes no sea que se acrecienten las penas a mi querida [ma]dre si Nuestro Señor la tiene en el Purgatorio; perdónenme hermanos si hago mal en prevenirles eso, que el deseo de la paz en mis hermanos y el amor de mi querida y amada madre, no me dan licencia para dejarlo de decir. 

Saludenme a mi amada hermana y que en su compañía Nuestro Señor me les dé mucha paciencia y conformidad y aquella salud que mi fino amor les desea; hermano, no es posible aunque tan malo dejar de encomendar a Dios a mis amados hermanos y en particular aquel que tiene particular necesidad, lo mismo les pido por amor de Dios y salúdeme a todos mis amados hermanos y hermanas, niños y niñas, entre pido a Dios me lo guarde muchos años de esta recolección de Señor San Diego de la ciudad de Santa Fe, agosto 26 de [17]81, su más mínimo y amante hermano, que besa su mano, 

[Firma] D. José Ignacio Botero. 

Tunja y agosto, 27 de 1781. 

Muy señor mío, con el motivo de haberle entregado la carta de Vd. a mi hija espiritual Josefa del Sacramento por recomendación de su hermana la Reverenda Madre María Ignacia de la Trinidad para que dieze la fúnebre noticia de la muerte de la Señora su madre, con la posible suavidad, de cuyo sentimiento doy a Vd. el debido pésame, recomendándome a sus órdenes y de que en adelante me tenga por humilde capellán suyo. Me hizo esta religiosa la recomendación de que hallándoce ella no muy capaz de hacerlo, le respondieze yo a Vd. en su nombre, lo que ejecuto. 

Vd. bien puede seguir en conformidad de sus hermanos la causa mortuoria pues después de los días de Josefa del Sacramento ella renuncia en todos sus hermanos con el premiso que de sus superiores tiene, como consta por la corta razón que apenas la dicha alcanzó mandarme, la que remito a Vd. [es el documento 15] 

Mis sobrinitas Rita y Ignacia, que así les llamo, están buenas y corresponden a sus memorias y por lo que urge esta respuesta no escriben a Vd. 

Dios le guarde muchos años con la [Al margen] salud que le deseo, besa la mano de Vd., su atento y estimador capellán, 

[Firma] Fray Antonio García. 

Pide a la madre abadesa y dice que mientras mis días me socorran con los réditos de las tierras después se partan entre mis hermanos, Josefa. 

Decimos nos, Juan José, Miguel, Nicolás y Pedro Botero, que en atención a hallarnos aptos a tratar y contratar como es público, hemos recibido a Doña Antonia Mejía, nuestra legítima madre a tanto que consta de cincuenta y tres pesos nueve reales de oro de a veinte cuartas, que de legítimo de nuestro padre, difunto, nos tocó por fin y muerte suya y a cuya satisfacción quedó obligada nuestra madre por escritura pública, la que damos por rota y cancela- da por lo tocante a nosotros, protestando como protestamos de que ni ahora ni otro tiempo repetiremos dicha cantidad, ni alegaremos fraude ni engaño alguno, ni menos nos valdremos de privilegio alguno, que nos pueda favorecer, pues el de restitución lo damos por ninguno atento a habernos y reputarnos por hábiles y no como menores. 

Y para que así conste damos el presente que firmamos con testigos, en San Nicolás de el Rionegro, a cuatro de septiembre de mil setecientos cincuenta y dos años. 

Otro sí digo yo, Miguel Gerónimo Botero, que aunque en la causa que se siguió por fin y muerte de mi padre tengo dado recibo de la referida cantidad y algo más que se me dio con el pacto de que si no se enteraban los demás mis hermanos hasta aquella cuantía, sería obligado a reemplazarlo, no será de mi cargo ya dicho remplazo atento a haber devuelto a mi madre dicha demasía, de que se da por entregada, y lo firma su merced en dicho día, mes y año. 

[Firman] 

[Primera columna] Miguel Gerónimo Botero. Juan Nicolás Botero. Testigo. D. Melchor Gutiérrez de Lara. 

[Segunda columna] Antonia Mejía de Tovar. 

[Tercera columna] Juan José Botero. Pedro Luis Botero. Testigo: Agustín de Cárdenas. 

Mi Señora Doña María Antonia Mejía. J.H.S. 

Mi querida mamita de mi corazón, me alegraré se halle con la salud que yo le deseo, mamita de mi corazón, ya llegó el día en que se hayan cumplido mis deseos; profesé el día doce de junio en la fiesta que aquí hacen del Espíritu Santo y estoy con todo gusto que para en honra y gloria de Nuestro Señor, mamita, ahí le mando la renuncia para que su merced la guarde a la mamita. 

Salúdeme a mi abuelo y a todos mis hermanos y hermanas que tengan ésta por suya que no les escribo porque estoy aprendiendo solfa; no tengo lugar y ya llega mi semana de cosina. 

Salúdeme a Señor Dr. Ariza y a todos los que se acordaren de mí que me encomienden a Dios y escríbale a mi tía Mariana muy agradecida porque me ha mirado como a hijita y me ha cuidado mucho y a mi maestra María Marcelina, que no ha sido sola maestra sino madre y en saliendo del noviciado, si Nuestro Señor no dispone otra cosa, me voy a vivir con Su Merced mientras tengo una celdita porque hasta ahora no hay donde poder […] ercar a mi hermano Pedro, que si ya se murió, a mi hermano Bautista que cuando yo esperaba tener el gusto de verlo lo que tuve fue el susto-

de pensar si se habría muerto en el camino; la tía Mariana los saluda de corazón y con esto adiós, mamita de mi corazón. 

Nuestro Señor la guarde muchos años para mi consuelo y recibí los cien pesos. 

Dios se la pague de este real convento de mi madre Santa Clara, y junio, veinte de 1763 años, su más indina hijita que en él le ama. 

[Firma] María Josefa del Sacramento. 

Mamita, va la renuncia que hice con licencia del Señor Vicario y Señora Abadesa y si los cien pesos de a veinte que me dice me tiene mi hermano Bautista como doscientos para con lo que tengo aquí todo después de mis días son para Su Merced y faltando quedan en mis hermanos. 

Recibí de mi madre en mi legítima paterna:

Primeramente, cinco reses, 25 pesos, más una potranca, tres reses, 3 pesos, más una capa, ocho peso y medio, 8 pesos 4 tomines, más un poncho, peso y medio, 1 peso, 4 tomines, más una ruana, peso y medio, 1 pesos 4 tomines, más un sombrero, dos pesos y medio, 2 pesos, 4 tomines,  más unos calzones de paño con botones de atacar y menudos y charatelas en tres pesos, 3 pesos,  más la ropa de vestir, cinco pesos y medio, 5 pesos, 4 tomines, más freno y espuelas, peso y medio, 1 peso, 4 tomines, más un potro, cuatro pesos, 4 pesos.


Quedo alcanzado en dos pesos, los que pagué y porque conste lo firmo, [Firma] Josefa Ignacia Botero. 

Memoria de lo que recibo de mi madre en mi legítima paterna: Primeramente, 5 reses, 25 pesos, más silla de montar, con jáquima, freno y espuela, 12 pesos,

más la ropa de vestir, 17 pesos,  y porque coste lo firmo, [Firma] José Antonio Botero. 

Memoria de lo que le dé dan a Félix, en cuenta de su legítima paterna: Primeramente, cuatro reses, 20 [pesos], más una capa de paño de Castilla, 10 [pesos], más una silla de monta con su avío, 10 [pesos],  más cinco pesos de la ropa y un sombrero, 5 [pesos], más una potranca, 2 pesos, 4 [tomines], más un poncho en dos pesos, 2 [pesos],
más unas hebillas y una camisa por cuatro peso i medio, 4 [pesos] 4 [tomines]

Recibí, hoy, 9 de mayo de 1789 años, la cantidad de 54 pesos de a veinte cuartas, por legítima paterna y porque coste la firmo, 

[Firma] Félix Botero. 

Recibos de Miguel Gerónimo, Juan José, Juan Nicolás, Pedro Luis, Juan María Félix. 

Memoria de lo que le di en dote a mi hija Juana María Botero, habiendo tomado el estado del santo matrimonio con D. Juan Bautista Vallejo. 

Primeramente, un pedazo de tierras en doscientos pesos de oro de a veinte quilates, 200,  más doce reses de ganado vacuno, a cinco pesos de dicho oro, 60,  más un potro en seis pesos de dicho oro, 6,  más dos yeguas a tres pesos de dicho oro, 3,  más un sillón con freno y jáquima en diez pesos de dicho oro, 10,  más un sombrero fino con su cinta de tela en trece pesos de dicho oro, 13,  más una saya de carro de oro con su punta de plata en quince pesos de dicho oro, 15,  más una mantellina con su guarnición de encaje en diez pesos de dicho oro, 10,  más una saya traída de carro de oro en siete pesos de dicho oro, 7, más otra dicha de peldefebre raída en cuatro pesos de dicho oro, 4,  más otra dicha de sarga en tres pesos y medio de dicho oro, 3 [pesos] 4 [tomines],  más otra mantenilla de bayeta de Castilla, en cinco pesos de dicho oro, 5, más un manto con puntas y una casaca en quince pesos de dicho oro, 15, más cuatro camisas buenas a seis pesos de dicho oro cada una, 24,
más otras dos camisas a tres pesos cada una, 6,  más dos naguas de ruan y crea a tres pesos de dicho oro, 6, más otras de lienzo fino en doce tomines, 1 [peso] 4 [tomines],  más un paño de cabeza de catatumba con encaje en veinte tomines, 2 [pesos] 4 [tomines],  más un pañuelo labrado con seda y encajes en diez y ocho tomines, 2 [pesos] 2 [tomines],  más dos volantes a dos pesos cada uno, 4, más una banda de tafetán carmesí en dos pesos, 2,  más unas medias y unas zapatillas nuevo en catorce tomines, 1 [peso] 6 [tomines]  más treinta pesos de oro labrado y cuatro tomines a diez tomines de dicho oro, 38 [pesos] 1 [tomín]  más cuatro onzas y una cuarta de corales a catorce tomines onza, 7 [pesos] 3 [tomines]  más una gargantilleta con diez quintesitas de oro en un peso de dicho oro, 1, más un relicario de plata sobredorado con sus vidrieras en cuatro pesos, 4,  más tres sortijas con sus piedras en tres pesos y seis tomines de dicho oro, 3 [pesos] 6 [tomines]  más una capita y un baulito en doce tomines de dicho oro, 1 [peso] 4 [tomines]  [suma] 460 [pesos]  más una cama que se compone de colchón, dos sábanas, una fresada y una colcha con pabellón, dos almohadas, todo en treinta y cinco pesos de dicho oro, 35. 

Suma esta memoria cuatrocientos noventa y cinco pesos y dos tomines de oro de a veinte quilates, 495 [pesos] 2 [tomines]. 

Se añade lo siguiente que es donación que se le ha hecho a mi hija: 

Primeramente, un caballo que se apreció en doce pesos de oro de a veinte, 12,  más tres reses a cinco pesos de dicho oro, 15,  más diez pesos y cuatro tomines de oro labrado en una gargantilla, unos aritos de filigrana y una cruz, a diez tomines de dicho oro, 13,  más dos pesos y dos tomines de dos pañuelos, 2 [pesos] 2 [tomines]  más una capita con su chapa en dos pesos y cuatro tomines, 2 [pesos] 4 [tomines]  [Suma parcial] 495 [pesos] [Suma total] 540 [pesos]. 

Todo lo cual se da por entregado y lo firmamos con testigos, en Rionegro, en diez y ocho de octubre de 1757. 

[Firma]
[Primera columna] Juan Bautista Vallejo. Testigo, D. José Marcos de Ariza. [Segunda columna] Antonia Mejía. Testigo, Miguel Fermín de Villegas. 

***

A mis primos

Cecilia Gioconda Mejía Vélez de Londoño
María Ruth Mejía Barreto de Jiménez

Rubén Restrepo Castaño

Miguel Jerónimo Mejía Mejía

Mientras mi memoria se conserve, y en mis días tenga un respiro, siempre estarán presentes.

In memoriam.

***

Investigación documental: Ana María Mejía de Whiteside.

Sobre la autora:   

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