Induraín, Navarra, España. Año 1663
















Expediente de María Alzate y Oláiz*, para el ingreso como religiosa de la Orden de San Juan de Jerusalén. Induraín, año 1663.
*María Alzate y Oláiz, hermana de mi noveno abuelo materno Juan de Alzate y Oláiz.
Induraín. En 6 de noviembre de 1663. Escribano Juan de Yruñuela Baquedano.
Faxo. 1°… N° 46
Información recibida con comisión
del Capítulo Provincial, a instancia
de María de Alzate serora de la Iglesia
de Santa Catalina extramuros de San Sebas-
tián: recibida por los comisarios nombra-
dos por dicho Capítulo Fray Don Miguel
Gimenez y Fray Don Jose de Iriarte, para
darla el hábito de obediencia.
[Nota en la parte inferior del folio, de apariencia moderna, escrita en lápiz de color rojo, puede corresponder a una nota del Archivo]
Órdenes militares
San Juan – Navarra
(Leg 696) N° 48
85551
Induraín En 3 de noviembre de 1663 [Ilegible]
Induraín En 5 de noviembre de 1663. Escribano Juan de Iruñela Baquedano
Faxo _ 1° …. N° 46
Información recibida con comisión del Capítulo Provinci-
al a instancia de María de Alzate serora de la Iglesia de
Santa Catalina extramuros de San Sebastián y recibida por
los comisarios nombrados por dicho Capítulo Fray Don Miguel
Jiménez y de Fray Don José de Iriarte para darla el hábito
de obediencia.
María de Alçate serora de la Iglesia parroquial de Santa Catalina extra-
muros de la Villa de San Sebastián dice que contiene lo y nombramiento
dado por el señor comendador Don Diego de Argaiz prior general del
ilustrísimo señor Don Juan de Saldiano bailío de armonía comendador de
Induraín y Santa Catalina cuya Iglesia es miembro de la dicha encomi-
enda y por que a más de María que está sirviendo en dicha Iglesia con
mil deseos de ser religiosa del hábito de San Juan y en aquella Santa
Iglesia desea acabar sus días, por tanto suplica a vuestra ilustrísima sea
servido de honrarle con el hábito de la religión de San Juan como
lo han tenido otras seroras, pues de no tenerlo pierde la dicha Iglesia mu-
chos derechos y deja de ir a entierros mayores y los señores Obispos no la visitan
teniendo el dicho hábito que recurrir a por falta nombren un caballero
para hacer pruebas de su legitimación e hidalguía y haciendo información de gracia
por su mucha pobreza cometiéndola a quien fuere servido vuestra ilustrísima
como lo espero de su gran piedad. María de Alzate.
Otro si, dice es hija legítima de Juan de Alzate y Catalina de Oláiz na-
turales de San Sebastián y nieta de parte paterna de García de
Alçate y de la materna de Cardel, todos moradores y vecinos de San Sebas-
tián y hallándola capaz de toda buena naturaleza constando por
la dicha información, darle comisión para que pueda darle el hábito
y hacer su profesión, como se hizo con Graciana Ciemeta su antecesora
que en ello recibirá particular favor de vuestra señoría ilustrísima. María de Alçate.
[Al margen: Auto de estrado] En la ciudad de Pamplona en la casa prioral de la religión
de San Juan a veinte y dos de agosto del año de mil y seiscientos sesenta
y uno por mi testimonio de mi el escribano infrascrito se juntaron
y congregaron a tener Capítulo Provincial con orden de justicia del
muy ilustrísimo señor Fray Don Francisco Tomás de [Iberoiday] gran prior
de la dicha Religión, Mestre de Campo de [——-] de este reino
su señoría Fray Don Francisco de Torreblanca comendador de [———]
Fray Don Diego de Argaiz comendador de [———] Fray Don Miguel
Ximenez comendador de la encomienda de Villa Franca y [——]
Y Fray Don Joseph de Iriarte cabalero de la dicha Religión
Y no se pudo tener este Capítulo Provincial antes por las
enfermedades y ocupaciones del dicho señor gran prior y de saberse de haberse
dicho la misa del Espíritu Santo en el convento de San Agustín
y capilla de San Juan por no haber del Espíritu Santo y lo que se
trató y concluyó en el dicho Capítulo Provincial fue lo siguiente.
Lo tercero en el dicho Capítulo Provincial se [presentó] y leyó un memorial
de María de Alçate serora de la Iglesia parroquial de Santa
Catalina extramuros de la Villa de San Sebastián que es encomienda
de la dicha Religión suplicando por el se le diese el hábito de la [dicha]
Religión como lo han tenido otras seroras de la dicha Iglesia y en-
comienda y habiendo entendido el contenimiento de dicho memorial
se acordó por el dicho Capítulo Provincial que se nombre por
comisario para recibir las pruebas de la dicha María de Alçate
al dicho señor comendador Don Diego de Argaiz para que le reciba
en la conformidad que lo disponen los estatutos de la dicha Religión
dándosele para ello comisión y facultad cumplida y el dicho señor
comendador Don Diego de Argaiz admitió la dicha comisión
y juró sobre la Cruz de su hábito de [lucir] aquellas bien y fielmente
y como se dispone por los dichos estatutos de la dicha Religión y acabadas,
presentarlas en capítulo, asamblea o bien están-
do buenas se le da facultad le dé el hábito de la Religión y profesión
y con esto se concluyó el dicho Capítulo Provincial y se reservaron
en el cualquier asamblea con fuerza de Capítulo Provincial y lo
firmaron con mi el escribano. El gran prior de Navarra Don
Francisco de [Iberoiday], Don Francisco de Torreblanca, Don
Diego de Argaiz, Fray Don Miguel Ximenez, Fray Don
Joseph de Iriarte. Pasó ante mi Juan de Iruñela Baquedano,
Escribano.
En la Villa de Peralta en la casa donde vive
el muy ilustrísimo señor Don Diego de Argaiz gran prior de Navarra
a seis días del mes de noviembre del año de mil y seiscientos y sesenta y dos
por testimonio de mi el escribano infrascrito se juntaron a congregar y
celebrar el Capítulo Provincial hallándose presente el muy ilustrísimo
señor Don Diego de Argaiz gran prior de Navarra, el comen
dador Fray Don Francisco de Torreblanca, el comendador Fray
Don Miguel Ximenez, el comendador Fray Don Isidro
de Argaiz [Regidor] de este reino, el comendador Fray Don Francisco
del [—-] y Fray Don Joseph de Iriarte y Fray Miguel
de [Beriarín] religioso del Santo Crucifijo todos religiosos que
se hallaban en este reino y el no haberse podido celebrar antes
ha sido por las enfermedades del dicho señor gran prior y [regidor]
Don Isidro de Argaiz y después de haberse dicho la misa del
Espíritu Santo y lo que se trató y concluyó en el dicho Capítulo
Provincial, fue lo siguiente.
Lo undécimo, presentó una petición de parte de María de
Alçate serora de la Iglesia parroquial de Santa Catalina extra-
muros de San Sebastián, que es de la encomienda de Induraín
y Santa Catalina pidiendo y suplicando al dicho Capítulo se reciba
la información de quienes eran sus padres, abuelos y fuese servi-
da de darle el hábito de religiosa de obediencia como lo había
tenido la serora su antecesora y habiéndose leído aquella en el
dicho Capítulo nombraron por comisarios a los señores comendadores
Don Miguel Ximenez y Don Joseph Iriarte para que
Reciban la dicha información y hallándola capaz y con la
Calidad que se requiere para tener el dicho hábito se le puedan
dar y para ello se les dé comisión en forma.
Lo décimo tercero, el dicho señor Gran Prior antes de firmar propuso y dijo
que conviene que el escribano de la dicha Religión [—-] dentro de quince
días todos los libros de la dicha Religión y demás escrituras y papeles
que en su poder tiene en el archivo de la dicha Religión está
en la casa prioral de la ciudad de Pamplona porque así conviene
y todos los dichos señores comendadores y Capítulo fueron conformes
en ello y así lo acordaron y que el dicho escribano los entregue al dicho
señor comendador Don Miguel Ximenez y lo firmaren
todos con mi el dicho escribano. El gran prior de Navarra Don
Diego de Argaiz, Fray Francisco de Torreblanca, Fray Domingo
Ximenez, Fray Isidro de Argaiz, Fray Don Joseph
del Bayo, Fray Don Joseph de Iriarte, Don Miguel de
Berrotaín. Pasó ante mi Francisco de San Martín y los escribanos.
Yo Juan de Iruñela Baquedano secretario de la Religión
De San Juan doy fe el presente registro concuerda con el original que
queda en los libros de estrado de la dicha Religión en
cuya [—-] se les informa como [———]
en testimonio [floritura] de verdad.
Juan de Iruñela Baquedano
[Rótulo] Comisión para dar el
hábito a la serora de Santa Catalina.
Certifico yo don martín de oloçaga vicario perpetuo de la Iglesia pa-
rroquial de San Vicente de esta noble y leal ciudad de San Sebas-
tián que en uno de los libros bautismales de la dicha Iglesia en el mes
de febrero del año de mil y seiscientos y treinta y tres está escri-
to un asiento del tenor siguiente. María de Alçate hija le-
gítima de San Juan de Alçate, y Catalina de Oláiz se ba-
utizó en el dicho día, padrinos Martín de Mercader, y María
de Beloqui, ministro Miravalles. Hasta aquí el dicho asiento
y para que conste de ello di esta certificación a pedimento de
la parte en la dicha ciudad de San Sebastián a veinte y siete
de noviembre de mil y seiscientos y treinta y tres años.
Martín de Oloçaga.
En la ciudad de San Sebastián a 28 de noviembre de 1663
en virtud de la comisión que nos fue dada a nosotros los comisarios
en el Capítulo Provincial celebrado en la villa de Peralta
a 6 de noviembre de 1662 para recibir información de la le-
gitimidad y limpieza de María de Alçate natural de la ciudad
de San Sebastián y serora de la Iglesia de Santa Catalina extra-
muros de dicha ciudad para darla el hábito de obediencia de nues-
tra Religión en la conformidad de sus antecesoras. Fuimos
a casa del vicario de la parroquia de San Vicente de esta ciudad
donde fue bautizada y habiéndosele pedido los libros de los bautizados
los enseñó y en uno de ellos hallamos la nota siguiente. María de Alçate
hija legítima de San Juan de Alçate, y Catalina de Oláiz se bautizó
en el mes de febrero del año de mil y seiscientos y treinta y tres, siendo
padrinos Martín de Mercader, y María de Veloqui ministró, Mi-
ravalles.
[Nota al margen: Primer testigo. Habitante en casa de Rodas extramuros de esta ciudad] Prosiguiendo con la dicha comisión el mismo dicho día mes y año
recibimos en el dicho lugar por testigo a Domingo de Castañeda
Y dijo ser de edad de 60 años poco más o menos y que no es pariente de las partes y que no dirá ni le obliga a decir cosa en contrario de lo que sabe, habiéndosele preguntado sí conoce ala pretendiente, dijo la conoce muy bien y qué le parece será de 20 y 8 años poco más o menos y que le remite a la fe del bautismo, a la siguiente pregunta sí sabe Hija de quien y si fue nacida de legítimo matrimonio. Dijo conoció muy bien a sus padres que se llamaban san Juan de alzate y Catalina de olis y del dicho matrimonio sabe este testigo tuvieron por hija legítima [Al margen: los dichos sus padres fueron casados -ilegible-] a la dicha
María de Alçate y como a tal hija la trataron y alimentaron esto responde. A la tercera pregunta dijo los ha tenido y tiene a la dicha
María de Alçate como a sus padres por limpios de todo género de judíos
moros convertidos ni otra mala raza ni tampoco han sido casti-
gados por la Inquisición ni penitenciados y que no sabe hayan tenido
oficios mecánicos antes bien sabe que han vivido con su labranza
muy honradamente y que si hubiera cosa en contrario lo supie-
ra por haberlos tratado. A la cuarta pregunta dijo, que
la dicha pretendiente es mujer muy honesta y virtuosa y le pa-
rece que para la administración que tiene de serora es muy a propó-
sito por lo que tiene dicho. Y que esto es público y notorio y que no sa-
be cosa en contrario por el juramento que tiene hecho. Y habiendo-
se esto leído se ratificó y no firmo por no saber escribir y fir-
mamos nosotros los comisarios.
Fray Don Miguel Ximenez
Fray Don Joseph de Iriarte
El mismo día mes y año en la dicha ciudad recibimos por
testigo a Martín de Pollon casero de la casa de Berrotaín extra-
muros de la dicha ciudad, y habiéndosele preguntado por el jura-
mento que ha hecho, dijo ser de edad de sesenta años poco más o me-
nos y que no es pariente de las partes y que no tiene cosa que
le obligue a decir en contrario de la verdad. A la primera pregunta
dijo que conoce muy bien ala pretendiente y también conoció a sus
padres llamados San Juan de Alçate y Catalina de Oláiz y
que fueron marido y mujer casados como lo manda la Santa
Madre Iglesia y de este matrimonio hubieron a esta hija y
como a tal la alimentaron y criaron como hija legítima que lo es.
A la segunda pregunta, sí sabe que los dichos tengan alguna mala
raza de judíos, moros, o si han sido castigados por la Santa Inqui-
sición dijo este testigo que no sabe tal ni ha llegado a su memoria que
si tal hubiera lo supiera y que antes bien los tiene por limpios y
gente muy bien nacida, y que ésta es la pública voz y fama.
A la tercera pregunta, habiéndosele preguntado sí la pretendiente
y sus padres han tenido algún oficio vil, bajo o mecánico dijo que
no sabe tal, y que antes bien los ha visto vivir muy honradamente
con su labranza. A la cuarta pregunta habiéndosele pregun-
tado, dijera a propósito para el oficio de serora dijo le parece
es muy a propósito por ser mujer muy honesta, recogida y hones-
ta, y virtuosa, y muy cuidadosa de la Iglesia, y que si hubiera
otra cosa en contrario lo supiera el dicho testigo por la mucha
comunicación que ha tenido y tiene con sus padres y que esta
es la pública voz y fama, sin haber oído cosa en contrario
y habiéndose leído su dicho, se ratificó en él y no firmó por
no saber y firmamos nosotros los comisarios.
Fray Don Miguel Ximenez
Fray Don Joseph de Iriarte
El mismo día mes y año en la dicha ciudad de san Sebastián reci-
bimos por testigo a Luis de Goyeneche vecino de la casa de [Arbulla]
y habiéndosele preguntado por el juramento que ha hecho dijo ser
de edad de sesenta y nueve años y que no es pariente de las
partes y que no tiene cosa que le obligue a decir cosas en con-
trario de lo que sabe. A la primera pregunta dijo que cono-
ce muy bien a la pretendiente y también conoció a su pa-
dre y conoce a su madre, llamados San Juan de Alçate
y Catalina de Oláiz vecinos de esta ciudad y que fueron
marido y mujer casados como lo manda la Santa Madre
Iglesia y que de este matrimonio hubieron a esta hija y como
a tal la alimentaron y criaron como hija legítima que lo es.
A la segunda pregunta, si sabe que los dichos tengan alguna mala
raza de judíos moros o de nuevos convertidos o sí han sido
castigados por la Santa Inquisición o de otro tribunal
dijo este testigo no sabe tal ni ha llegado a su memoria
y que si tal hubiera lo supiera y que antes bien los tiene
por muy limpios y por gente muy bien nacida y que eso es la pública voz y fama.
A la tercera pregunta, habiéndose preguntado si la pretendiente
y sus padres han tenido algún oficio vil o mecánico, que no
sabe lo hayan tenido y que antes bien los ha visto vivir muy hon-
radamente con su labranza y que este es la pública voz y
fama sin haber oído cosa en contrario.
A la cuarta pregunta dijo no sabe ni ella ni sus padres ten-
gan hacienda ni han tenido usurpada a nuestra Religión
ni tampoco sabe tenga deuda grave la dicha preten-
diente, y que le parece es muy a propósito para el cargo de cero-
ra por ser mujer muy honesta y recogida y virtuosa y
recogida y muy cuidadora al servicio de la Iglesia
y que si hubiera cosa en contrario lo supiera y que lo que ti-
ene dicho es la verdad y que es pública voz y fama sin
haber oído cosa en contrario y habiéndosele leído este su
dicho en él se ratificó y no firmó por no saber escribir
y firmamos nosotros los comisarios.
Fray Don Miguel Ximenez
Fray Don Joseph de Iriarte
El mismo día, mes y año, recibimos por testigo a Esteban
de Arocena vecino y habitante en la parroquia de Santa
Catalina, y habiéndosele recibido juramento dijo ser de edad
de sesenta años poco más o menos y que no es pariente
de la parte. A la primera pregunta dijo, conoce a María de Alçate
pretendienta y sabe es hija de San Juan de Alçate y Catalina
de Oláiz y vecino de esta ciudad de San Sebastián nieta de
García de Alçate y de Madalena de Sierra, así bien todos
Fueron vecinos de esta ciudad a los cuales conoció muy bien
Por haberlos comunicado. Y sabe que San Juan de Alçate y Cata-
Lina de Oláiz y fueron marido y mujer casados como lo man-
da la Santa Madre Iglesia y de este matrimonio tuvieron
a María de Alçate pretendiente y como a tal la criaron
y alimentaron como a hija legítima que lo es. Y que esta es la
verdad, pública voz y fama sin haber oído cosa en contra-
rio. A la segunda pregunta, si los dichos tenían
alguna mala raza de judíos, moros o conversos y si han
sido castigados por la Santa Inquisición u otro tribunal
que no sabe haya tal y si lo hubiera lo supiera este testigo
por tener muchas noticias, antes bien sabe han vivido muy
cristianamente con muy buena reputación y que esta es
la verdad por ser pública voz y fama sin haber oído cosa
en contrario.
A la tercera pregunta, habiéndosele preguntado si sabe la
pretendiente o sus padres y abuelos hayan tenido o tengan
usurpada alguna hacienda de nuestra Religión o la pre-
tendienta tenga alguna gran deuda la cual le embaraçe pueda
ser recibida, dijo que no sabe ni tal ha llegado a su memoria,
antes bien le parece que la pretendienta será muy apro-
pósito para el servicio del Culto Divino por ser muy honesta,
virtuosa, honesta y devota. Y es lo que sabe y es pública
voz y fama, sin haber oído cosa en contrario, y habiéndosele
leído su dicho se ratificó y no firmó por no saber escri-
bir y firmamos nosotros los comisarios.
Fray Don Miguel Ximenez
Fray Don Joseph de Iriarte
Cumpliendo con la comisión que nos fue dada para recibir infor-
Nación de la nobleza y limpieza virtud y costumbres de María
De Alçate serora nombrada por el comendador o su poder habiente
Para la Iglesia de Santa Catalina extramuros de la ciudad de
San Sebastián, hayamos que tiene las partes y requisitos necesa-
ríos conforme lo mandan nuestros estatutos para poder ser
admitida, y llevar el hábito de obediencia, y para eso examina-
mos cuatro testigos constantes que dijeron lo sobre dicho, y
en esta conformidad en virtud de la comisión que nos fue dada
en el Capítulo Provincial le dimos el hábito haciendo su profesión
como la hizo en manos de mi el Comendador Fray Don Miguel
Ximenez hallándose presente Fray Don Joseph de Iriarte. Y la
susodicha es nacida y bautizada en la parroquia de San Vicente
de la dicha ciudad de San Sebastián, como consta de la fe
del bautismo que presentamos, y vimos en el libro de bautismos
de dicha Iglesia su asiento y nota. Y lo firmamos y sellamos con
nuestros sellos en la ciudad de Pamplona a cinco de septiembre
de mil seiscientos y sesenta y tres.
Fray Don Miguel Ximenez
Fray Don Joseph de Iriarte
[Rotulo del manuscrito el el cuarto superior derecho del folio]
Año 1663
Información María de
Alzate serora de la Iglesia de
Santa Catalina extramuros de
San Sebastián hecha por el
Comendador Fray Don Miguel Ximenez y
Fray Don Joseph de Iriarte para
Darla el hábito de obediencia.
Induraín.
Fuente: España. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
Archivo Histórico Nacional, OM, 8555, Exp.48
Código de Referencia: ES.28079.AHN//OM,8555,EXP.88
***
Información complementaria:
Detalle de la partida de bautismo de María de Alzate (Alçate) y Oláiz (Oláis).

Transcripción: María de Alzate, hija legitima de San Juan de Alzate y de Catalina de Oláiz, se bautizo en el dicho dia [7 de febrero 1633]. Padrinos: Martín de Mercader y María de Beloqui.
Parroquia San Vicente Martir – Donostia, libro 2 de bautismos, folio 146r. Febrero 7 del año 1633.

Parroquia de San Vicente Mártir. Siglo XVI. San Sebastián, Guipúzcoa, España.

Entrada a la Parroquia de San Vicente Mártir. Siglo XVI. San Sebastián, Guipúzcoa, España.
Fotografía de la Parroquia:
Ana María Mejía Alzate de Whiteside. 24 de octubre de 2012.
Transcripción de la partida de bautismo:
Fernando Hidalgo Lerdo de Tejada (Historiador y genealogista profesional).
Transcripción del Expediente de María de Alzate (Alçate) y Oláiz (Oláis):
Francisco Hernando Muñoz Atuesta (Historiador y genealogista).
Investigación Documental:
Ana María Mejía Alzate de Whiteside (San Sebastián, Guipúzcoa, España, octubre del 2012).
Serora:
Así se les llamaba y se les llama a las mujeres que cuidan las iglesias, parroquias y ermitas y se encargan de diversos aspectos sociales y religiosos (figura similar a las sacristanas). En los documentos castellanos y franceses estas mujeres han recibido diferentes nombres, dependiendo del lugar y la época: serora, sorora, beata, freila o breira, benoîte o benedicta, hospitalera, emparedada, recluse, etc. Sin embargo, en la literatura vasca hasta el siglo XVIII predominaba el término serora, también para las que más tarde se denominarían como monjas (moja). En Iparralde se sigue empleando el término también hoy día, de manera que la distinción que se hace en Hego Euskal Herria entre moja y serora, en Iparralde se realiza mediante los términos serora y andere serora,respectivamente.
Las actividades de las seroras se enmarcaban dentro el ámbito tanto religioso como laico. Los conocimientos que hoy día poseemos sobre estas mujeres se deben en gran medida a los documentos de la Edad Moderna, si bien un seguimiento documental de su presencia nos llevaría por lo menos hasta la Edad Media. Por lo general, las seroras más jóvenes eran aquellas mujeres que no habían podido o querido casarse, aunque también eran comunes las viudas que querían mantener su independencia.
https://aunamendi.eusko-ikaskuntza.eus/es/serora/ar-153053/
Historia de la Orden de San Juan de Jerusalén (Orde de Sant Joan de Jerusalem o de l’Hospital).
History of the Order of Saint John of Jerusalem (Orde de Sant Joan de Jerusalem or de l’Hospital).
The Order of Saint John of Jerusalem (Orde de Sant Joan de Jerusalem or de l’Hospital) emerged as a transformation of a community that, since the middle of the 11th century, looked after the travelers in a hospital in Jerusalem attached to the church of Saint John. In 1113, the Papa Pascual II and the King Balduino of Jerusalem formally recognised the Hospital and its statutes. However, the Papa Anastasio IV, recognised them as a Chivalric Order, according to the Bull of 1154. The official name of the Order was “Ordo Militae S. Joannis Baptistae Hospitalis Hierosolymitani” then.
At the beginning of the 12th century, they were established in the Hispanic kingdoms, where they endured with its international character until 1802. It was the year in which it was incorporated to the Crown. The Order of Saint John of Jerusalem was divided in Spain into two languages: the language of Castile and the language of Aragon. The language of Aragon, that comprised the Castellania d’Amposta and the Grand Priorates of Navarra and Catalonia, had the general archive in San Juan de los Panetes (Zaragoza) Order of Saint John of Jerusalem. The language of Castile counted on two general archives: the one of Santa María de Horta (Zamora) and the one of Consuegra.
http://pares.mcu.es/ParesBusquedas20/catalogo/autoridad/50743
Traducción al español:
La Orden de San Juan de Jerusalén (Orde de Sant Joan de Jerusalem o de l’Hospital) surgió como una transformación de una comunidad que, desde mediados del siglo XI, atendía a los viajeros en un hospital de Jerusalén anexo a la iglesia. de San Juan. En 1113, el Papa Pascual II y el Rey Balduino de Jerusalén reconocieron formalmente el Hospital y sus estatutos. Sin embargo, el Papa Anastasio IV, los reconoció como Orden de Caballería, según la Bula de 1154. El nombre oficial de la Orden era entonces “Ordo Militae S. Joannis Baptistae Hospitalis Hierosolymitani”.
A principios del siglo XII se establecieron en los reinos hispánicos, donde perduraron con su carácter internacional hasta 1802, año en el que se incorporó a la Corona. La Orden de San Juan de Jerusalén se dividió en España en dos lenguas: la lengua de Castilla y la lengua de Aragón. La lengua de Aragón, que comprendía la Castellania d’Amposta y los Grandes Prioratos de Navarra y Cataluña, tenía el archivo general en San Juan de los Panetes (Zaragoza) Orden de San Juan de Jerusalén. La lengua de Castilla contaba con dos archivos generales: el de Santa María de Horta (Zamora) y el de Consuegra.
Mayor informacion sobre la Orden de San Juan:
Inventarios de documentos relativos a la Orden de San Juan Por CI Ezquieta · 1980.
Enlaces de Interés:
Especial saludo a María Guillen Sagasti y a mis amigos vascos-navarros por su cariño, soporte y enseñanza.
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