SÍNTESIS AL LINAJE GÓMEZ DE CASTRO II

Los hilos ancestrales se tejen de forma singular, tanto que, sólo con años de estudio y dedicación he logrado descubrir un poco la mía.

Ana María

Folio 508r. 

Decreto

En Medellín, el 12 de agosto de 1706, ante el escribano Lucas Javier Betancurt, el alcalde encargado Martín de Echevarriaga, da por presentado y visto lo pedido por Francisco Javier de Mesa Villavicencio y sus hermanos, admite la información y testigos que ofrece, los cuales serán examinados de acuerdo a su pedimento y autoriza que, una vez hechos los exámenes a los testigos, se le entregue original de los mismos para lo que a él convenga.  

Examen a doña Jacinta de Piedrahíta.

En la misma calenda el escribano Lucas Javier Betancurt, examina a la testigo Jacinta de Piedrahíta, presentada por Francisco Javier de Mesa Villavicencio.

En dicha Villa en el dicho día, Yo el escribano notifiqué lo proveído de suso a Francisco Javier de Mesa, para la dicha información que tiene pedido presentó por testigo a Doña Jacinta de Piedrahita, viuda, del capitán Juan de Piedrahita y Saavedra, vecina de dicha Villa, mujer principal de quien recibió juramento por ante mí el presente Escribano, que lo hizo por Dios Nuestro Señor y una señal de Cruz, so cargo del cual prometió decir verdad en lo que supiere y fuere preguntada, y siendo examinada al tenor de la petición de la parte dijo que, 

Conoció a Isabel Rodríguez, vecina que fue de la ciudad de Antioquia, mujer española, habida, reputada y estimada por tal mujer legítima del capitán Alonso Cortés, reputado por hombre español estimado y tenido por tal y de los principales que aunque no lo conoció, oyó comúnmente lo que lleva dicho

Folio 508v.

(Continuación del examen a doña Jacinta de Piedrahíta) 

y que oyó que era hombre de mucho valor y como tal hizo dos o tres entradas al Chocó a pelear y reducir indios infieles y que en la última entrada rindió la vida en el dicho empleo a manos de dichos indios en servicio de Su Majestad y que sabe que de dicho Matrimonio hubieron y procrearon por su hija legítima a Gregoria Cortés, abuela legítima de la parte que la presenta a la cual casaron y velaron in facie ecclesiae con Pedro Álvarez del Pino, vecino principal, hombre noble conocido, dándole muy considerable dote y que así mismo oyó comúnmente a sus antepasados que eran los dichos capitán Alfonso Cortés, y la dicha Isabel Rodríguez, su mujer, eran, y sus antepasados, cristianos viejos, libres de toda mala raza de moros, judíos, ni de negro, ni otras razas reprobadas, lo cual era público y notorio y como tales estimados y teniendo comunicación amistosa en las casas principales y en la de los padres de esta declarante fue muy frecuente la dicha Isabel Rodríguez, procediendo con muy buenos réditos y fama con igual aclamación y general estimación, sin saber cosa en contrario, que esto es la verdad público y notorio, pública voz y fama so cargo el juramento que hecho tiene, en que habiendosele leído se afirmó y ratificó que es de edad de noventa años poco más o menos que no le tocan las generales, no firmó por que dijo no sabía. 

Testigo el alférez Juan de Piedrahita, presente. 

Firma dicho Señor Alcalde, de que doy fe. 

Martín de Echeverriaga 

Ante mí, Lucas Javier de Betancurt. 

Examen a doña María Paladines.

En la misma calenda el escribano Lucas Javier Betancurt, examina a la testigo María de Paladines, presentada por Francisco Javier de Mesa Villavicencio.

Testigo Doña María Paladines: 

En el sitio de la encarnación, casas y aposentos de Doña María Paladines, en el dicho día, mes y año, el dicho Francisco Javier de Mesa, para la dicha información ante Su Merced el Señor Alcalde presentó por testigo a Doña María

Folio 509r. 

(Continuación del examen a doña Jacinta de Piedrahíta)  

Paladines viuda del capitán Alonso Tiburcio vecina de la villa de Medellín de quien recibió juramento que lo hizo por Dios nuestro señor y una señal de Cruz so cargo del que prometió verdad en lo que supiere y le fuere preguntado y siendo examinada al tenor de la petición dijo que como vecina que fue de la ciudad de Antioquia conoció de vista trato y comunicación a Isabel Rodríguez mujer legítima qué fue del capitán Alonso Cortés vecinos que fueron de la dicha ciudad gente buena española estimados de todos y en particular de los vecinos principales que de vista no conoció al dicho capitán pero que lo dicho lo oyó comúnmente así a sus antepasados como a otros muchos vecinos y que eran personas de sangre limpia de raza de mulatos, de judíos, moros, ni otras nuevamente convertidas, cristianos viejos de buenos procederes y costumbres que entre otras sus hijas criaron y alimentaron a Gregoria Cortés, su hija legítima y como tal la casaron con Pedro Álvarez del Pino, vecino que fue de esta Villa y Valle, abuelos legítimos de Francisco Javier de Mesa, que la presenta, por parte de madre, que así los unos como los otros siempre tuvieron común aplauso y estimación en el predicamento que lleva dicho, que esto es público y notorio, pública voz y fama, y la verdad so cargo el juramento que hecho tiene, en que habiendose leído se afirmó y ratificó, y dijo ser de edad de noventa años poco más o menos, y aunque tiene algún parentesco con la parte no ha faltado a la verdad, no firma por que dijo no saber, firma dicho Señor Alcalde de testigo Fernando Rico de la Mata, de que doy fe. 

Martín de Echeverriaga. 

Ante mí, Lucas Javier de Betancurt 

 Folio 509v. 

El 6 de agosto de 1749, el alcalde de la Marinilla José Ignacio Duque de Estrada, da por presentado el cuestionario presentado por petición de Don José Gómez de Castro, para examinar los testigos por él presentados: 

Primeramente, digan si tienen conocimiento y de las de Don Javier y Don Antonio Gómez de Castro, mis hermanos, digan. 

Ítem, si saben somos Yo y los dichos mis hermanos, hijos legítimos habidos y tenidos bajo de legítimo matrimonio de Bernardo Gómez de Castro y de Doña María Gertrudis Betancurt, digan. 

Ítem, si dicho Bernardo Gómez fue hijo legítimo del sargento Cristóbal Gómez, y de Doña María Álvarez del Pino, y si dicho Sargento fue hijo legítimo de Cristóbal Gómez, natural de los reinos de España y de Catharina Marín, digan. 

Ítem, si la dicha María Álvarez del Pino, fue hija legítima de Pedro Álvarez del Pino, y de Doña Gregoria Arcos Cortés, digan. 

Ítem, si la dicha Doña María Gertrudis de Betancurt, mujer del referido Bernardo Gómez, nuestro padre, fue hija legítima del secretario Lucas Javier de Betancurt, y de Doña Beatriz Domínguez de San Ciprián, y dicho Javier Betancurt, si fue hijo legítimo de Don Francisco de Betancurt y de Doña Margarita Álvarez del Pino, y si dicho Don Francisco era deudo inmediato del comisario Don José de Betancurt, conocidos por descendientes de un mismo tronco, digan. 

Ítem, si saben donde era natural la dicha Beatriz Domínguez de San Ciprián, y si fue conocida en estas provincias por mujer noble y principal, digan. 

Folio 510r.

(Continuación del cuestionario para examinar los testigos presentados por Don José Gómez de Castro

Ítem, Si por razón de ser Yo y dichos mis hermanos descendientes por línea recta del referido Cristóbal Gómez, nuestro bisabuelo, nos tocan y pertenecen las informaciones que constan en el cuaderno de papeles de genealogía que se testimoniaron e hicieron a pedimento de Don Ignacio y Don Nicolás de Cárdenas, vecinos de Medellín, y todos aquellos más papeles que pertenezcan a dicho Cristóbal Gómez, y así mismo si nos tocan y competen todos los papeles y armas testimoniadas a pedimento del referido comisario José de Betancourt, como pertenecientes a dicho Don Francisco de Betancourt nuestro legítimo ascendiente, y si en la misma forma nos pertenecen los papeles y más instrumentos del dicho Pedro Álvarez del Pino, padre de la dicha doña María Álvarez, y los pertenecientes a Gregoria de los Arcos Cortés, mujer del dicho Pedro Álvarez del Pino, como nuestros legítimos ascendientes, digan. 

Ítem, Sí nos, como todos nuestros ascendientes arriba mencionados, tanto por la línea paterna como materna, hemos sido habidos, tenidos y comúnmente reputados por nobles e hijosdalgo y si hemos sido y somos limpios de toda mala raza de negros, judíos, herejes, nuevamente convertidos, o si saben hayamos incurrido en alguna ofensa o por castigados por el Santo Oficio, o por otra causa en que hayamos incurrido en nota o caso de menos valer, digan. 

Ítem, Sí es público y notorio que así nos, como los dichos nuestros ascendientes, hemos obtenido oficios honoríficos de República, y si estos se dan en estas

Folio 510v.

(Continuación del cuestionario para examinar los testigos presentados por Don José Gómez de Castro

partes a personas que no sean suficientes para ejercer tales oficios, digan .

Ítem, Sí lo contenido en este interrogatorio es público y notorio, pública voz y fama, digan.

Gómez. 

Petición de Don José Gómez de Castro

Don José Gómez de Castro, vecino de este valle del Señor San José de la Marinilla, parezco ante Vuestra Merced, según derecho y digo que, necesito de hacer información para legitimarme y probar los ascendientes de donde desciendo, y su limpieza, y para ello se ha de servir Vuestra Merced de admitirme la dicha información, y que los testigos que presentare digan y declaren al tenor del interrogatorio que adjunto presento con la solemnidad del derecho, y hecha la dicha información suplico así mismo que con su aprobación se vuelva original para mi resguardo, el de mis hermanos y nuestros descendientes, que para todo y su mayor validación se ha de servir Vuestra Merced de interponer su autoridad y judicial decreto, por ser de justicia la que mediante. 

A vuestra Merced pido y suplico provea mandando hacer como llevo pedido que de todo recibiré bien y merced, jurando en debida forma lo necesario en derecho, etc. 

José Gómez de Castro 

El 6 de agosto de 1749,  José Ignacio Duque de Estrada, alcalde ordinario del valle del Señor San José de la Marinilla, da por presentada la petición de Don José Gómez de Castro con el interrogatorio y decreta que los testigos que se presentaren serán examinados al tenor del mismo.

Folio 511r. 

Marinilla, 8 de agosto de 1749. Declaración del capitán de asaltos y emboscadas Don Jerónimo López de Arbelaiz: 

En este Valle del Señor San José de la Marinilla, en ocho de agosto de mil setecientos cuarenta y nueve años, ante mí, dicho alcalde y testigos, por defecto de escribano público ni Real, para la información que esta parte ofrece dar presentó por testigo al capitán de Asaltos y Emboscadas Don Jerónimo López de Arbelaiz, a quién le recibí juramento, que lo hizo conforme a derecho por Dios Nuestro Señor y una señal de Cruz, prometió decir verdad en lo que supiere y fuere preguntado, y habiendosele hecho saber el escrito e interrogatorio presentado por Don José Gómez de Castro, en su nombre y el de sus hermanos, dijo que los conoce de vista, trato y comunicación, que es lo que contiene la primera pregunta. 

A la segunda dijo que, sabe fueron habidos y procreados por hijos legítimos de Bernardo Gómez de Castro y de María Gertrudis de Betancourt, y que mediante su vida los criaron y alimentaron como a tales hijos legítimos, de Legítimo matrimonio, que lo sabe porque los referidos vivían junto de la casa del declarante. 

A la tercera dijo que, sabe que el dicho Bernardo Gómez de Castro, fue hijo legítimo del Sargento Cristóbal Gómez de Castro y de María Álvarez del Pino, porque cuando los conoció el declarante vio que lo conocían el dicho Bernardo, por tal su hijo legítimo, y que en cuanto a ser el dicho Sargento, hijo legítimo de Cristóbal Gómez de Castro, natural de los reinos

Folio 511v. 

(Continuación de la declaración del capitán de asaltos y emboscadas Don Jerónimo López de Arbelaiz

de España y de Catharina Marín, supo aunque no lo conoció, por haber fallecido antes que este testigo hubiera venido a esta Provincia, que era dicho Sargento hijo legítimo de los referidos . 

A la cuarta pregunta dijo que, supo de oídas que la dicha Doña María Álvarez del Pino, fue hija legítima de Pedro Álvarez del Pino y de Doña Gregoria Arcos Cortés, que al Pedro Álvarez, no conoció por haber fallecido, que a la dicha Doña Gregoria, sí conoció y que supo, vio y entendió, que era la dicha Doña María, hija legítima del referido Pedro Álvarez y de la dicha Doña Gregoria. 

A la quinta pregunta dijo que, la dicha Doña María Gertrudis, madre de los pretendientes, fue hija legítima de Lucas Javier de Betancourt, escribano público y del Cabildo de la villa de Medellín, y de Doña Beatriz Domínguez, y que el dicho Lucas Javier, fue hijo legítimo, porque lo supo aunque no lo conoció, de Francisco de Betancourt y de Doña Margarita de Álvarez, y que oyó decir que eran deudos inmediatos del comisario José de Betancourt, presbítero, por que los conoció, que el dicho Secretario se trataba de primo con el dicho Comisario, que si no sabe sí son descendientes de un mismo tronco. 

A la sexta pregunta dice que, aunque conoció a la referida Doña Beatriz Domínguez, no supo de donde era patrimonial, pero que si vio, qué fue tenida y reputada por mujer principal. 

A la séptima pregunta dice sobre el particular que habla, no sabe si le pertenecen las referidas informaciones que mediante lo deducido por lo declarado arriba con vista de dicho cuaderno, lo puede declarar el juez. 

A la octava pregunta dice que a todo lo que ha conocido que lleva 

Folio 512r. 

(Continuación de la declaración del capitán de asaltos y emboscadas Don Jerónimo López de Arbelaiz)

mencionados, los ha tenido por personas nobles y de buenos procedimientos, que no ha oído cosa en contrario, sin tacha ni mancha de mala raza, ni incurrido en casos de menos valer y que como tales han ejercido oficios de República, y que lo contenido en el interrogatorio le parece ser notorio porque lo que lleva declarado ha visto y oído, en que se afirmó y ratificó, siéndole leída su declaración, dijo ser de edad de sesenta y ocho años más o menos, y que no le tocan [las] generales de la ley, y lo firma conmigo y testigos con quienes actuó por falta de escribano. 

José Ignacio Duque de Estrada 

Jerónimo López de Arbelaiz 

Testigos: Isidro Pineda, y Nicolás Ignacio Rivera. 

Marinilla, 17 de septiembre de 1749. Declaración de Don Juan Nicolás Ruiz de Rivera.

En este Valle del Señor San José de la Marinilla, jurisdicción de Los Remedios en diez y siete de septiembre de mil setecientos cuarenta y nueve años, Don José Gómez de Castro, para su información presentó por testigo a Don Juan Nicolás Ruiz de Rivera, de quien por ante testigos por falta de escribano, recibí juramento que lo hizo por Dios Nuestro Señor y una señal de Cruz en forma de derecho, so cuyo cargo ofreció decir verdad en lo que supiere y le fuere preguntado diciéndolo al tenor del interrogatorio presentado por la parte dijo, a la primera pregunta que conoce a los contenidos en ella de vista, trato y comunicación, y esto responde.

A la segunda pregunta dijo que, sabe que la parte que lo presenta y don Antonio Gómez y Don Javier Gómez, son hermanos legítimos, y tales hijos de Bernardo Gómez de Castro, y doña María Gertrudis de Betancurt, y que como tales sus hijos legítimos los vio este testigo criar, nombrar y alimentar particular y generalmente, sin que haya oído cosa en contrario, y esto responde 

Folio 512v. 

(Continuación de la declaración de Don Juan Nicolás Ruiz de Rivera)

A la tercera pregunta dijo que, sabe y así es público y notorio que dicho Bernardo Gómez fue hijo legítimo del Sargento Cristóbal Gómez y de Doña María Álvarez del Pino, y que en la misma forma sabe que dicho Cristóbal Gómez fue hijo legítimo de Cristóbal Gómez, a quién oyó de público era natural de los reinos de España y de Catharina Marín, y esto responde. 

A la cuarta pregunta, que sabe que es público y notorio que la dicha María Álvarez del Pino fue hija legítima de Pedro Álvarez del Pino [y] de Doña Gregoria de los Arcos Cortés, y responde. 

A la quinta pregunta dijo que, sabe y le consta que la dicha Doña María Gertrudis de Betancurt, mujer del sobredicho Bernardo Gómez, era hija legítima del secretario Lucas Javier de Betancurt y de Doña Beatriz Domínguez de San Ciprián, y que sabe que dicho Secretario era hijo legítimo de Don Francisco de Betancurt y de Doña Margarita Álvarez del Pino, y que en la misma forma sabe y es público y notorio que dicho Don Francisco de Betancurt, era deudo inmediato del comisario José de Betancurt, y esto responde. 

A la sexta pregunta dijo que, la sobredicha Doña Beatriz Domínguez de San Ciprián, fue nacida en esta Provincia, de padres nobles quienes después pasaron a vivir a la provincia de Popayán, y que sabe que la dicha Doña María Domínguez, era mujer noble y principal, y por tal habida, tenida, conocida y reputada, y esto responde. 

A la séptima pregunta dijo que, es verdad y público y notorio que por razón de ser estas partes descendientes legítimos de todas las personas que la pregunta contiene, que les tocan 

Folio 513r.

 (Continuación de la declaración de Don Juan Nicolás Ruiz de Rivera)

y pertenecen todos los papeles y armas que a las tales personas les pertenecía, y esto responde. 

A la octava pregunta dijo que, así estas partes, como todos sus ascendientes de que se ha hecho mención en las preguntas antecedentes, han sido y son por todas líneas conocidos,  habidos y tenidos, y comúnmente reputados, por nobles hijosdalgo, notorios todos, limpios de toda mala raza de moros, judíos, [y] penitenciados, sin que ninguno haya sido afrentado ni castigado por el Santo Oficio, ni por otro tribunal, ni haya incurrido en caso que sea de menos valer, y que así como lo ha dicho en la pregunta, es público y notorio, pública voz y fama, y responde. 

A la novena pregunta, que sabe así estas partes como sus ascendientes han obtenido los oficios honoríficos de república, como los de alcaldes ordinarios y otros, que es cierto estos oficios se dan sólo a los que son hijosdalgos y conocidos por principales en una república, y esto responde. 

A la décima pregunta dijo que, lo que lleva dicho y declarado es público y notorio, pública voz y fama, la verdad y lo que sabe so cargo del juramento que hecho tiene en el que se afirmó y ratificó, siéndole leída está su declaración, dijo ser de edad de cuarenta y tres años poco más o menos, y que aunque tiene deudo con la parte que lo presenta y sus hermanos, que no por ello ha faltado a la verdad, y lo filma conmigo y testigos por falta de escribano. 

José Ignacio Duque de Estrada.

Juan Nicolás Ruiz de Rivera. 

Testigos: José de Orozco, y Nicolás Ignacio de Rivera. 

Marinilla, 1 de octubre de 1749. Declaración de Don Manuel León de Zuloaga.

En dicho Valle en primero de octubre de mil setecientos y cuarenta y nueve años, Don José Gómez, para la información que pretende, presentó por testigo a Don Manuel León de Zuloaga, de quien por ante testigos recibió juramento que lo hizo por Dios Nuestro Señor y una señal de Cruz, en forma de 

Folio 513v.

 (Continuación de la declaración de Don Manuel León de Zuloaga)

derecho, so cuyo cargo ofreció decir verdad en lo que supiere y le fuere preguntado, y siéndolo al tenor del interrogatorio presentado dijo a la primera pregunta que, conoce a los contenidos en ella de trato, vista y comunicación, y esto responde. 

A la segunda pregunta, que sabe y es público que la parte que los presenta y sus hermanos son hijos legítimos de Bernardo Gómez de Castro y de Doña María Gertrudis de Betancourt, y que por tales sus hijos legítimos han sido habidos, tenidos, y comúnmente reputados, y esto responde. 

A la tercera pregunta dijo que, según lo que tiene visto y la pública voz del común, sabe que dicho Bernardo Gómez, fue hijo legítimo del sargento Cristóbal Gómez y de Doña María Álvarez del Pino, y que no sabe más de la pregunta, y esto responde. 

A la cuarta pregunta dijo que, ha oído decir muy común, que la dicha Doña María Álvarez, era hija de Pedro Álvarez del Pino y de Gregoria Cortés, y esto responde. 

A la quinta pregunta dijo que, la dicha Doña María Gertrudis de Betancourt, fue hija legítima del secretario Lucas Javier de Betancourt y de Doña Beatriz Domínguez de San Ciprián, a los que conoció este testigo y que así mismo ha oído que dicho Secretario era hijo legítimo de Don Francisco de Betancourt y de Doña Margarita Álvarez del Pino, y que por lo que han visto, oído y entendido, ha estado siempre en el conocimiento de que dicho comisario José de Betancourt, y el dicho Don Francisco, eran deudos inmediatos y que varias veces oyó llamarse primos a dicho Comisario, con el secretario Lucas Javier de Betancurt, hijo del dicho Don Francisco, y esto responde. 

A la sexta pregunta dijo que, la dicha Doña Beatriz Domínguez, vino casada de las provincias de Popayán, a esta de Antioquia, y que no puede asegurar donde fue nacida, pero qué es cierto que [es] persona noble, honrada, y virtuosa, y cómo 

Folio 514r.

 (Continuación de la declaración de Don Manuel León de Zuloaga)

tal fue en esta Provincia habida, tenida y comúnmente reputada y respetada de todas las personas, y esto responde.

A la séptima pregunta dijo que, mediante a que estas partes son descendientes legítimos por línea recta de los sujetos contenidos en la pregunta, que no ofrece duda el que les competen todos los papeles y armas que pertenecientes a los dichos sus ascendientes, y responde.

A la octava pregunta dijo que, así estas partes, como todas sus ascendientes por todas líneas han sido conocidos hijosdalgos notorios y que como tales han sido habidos, tenidos, y comúnmente reputados limpios de toda mala raza, de negros, judíos, herejes, moros, nuevamente convertidos, ni penitenciados, y que como limpios de toda mácula han procedido honrada y virtuosamente haciéndose de todas estas personas grande estimación y precio de todas las personas principales de esta provincia, y que en esta atención los han ocupado en los oficios de la república donde han estado como de escribano y jueces ordinarios, oficios que sólo se dan en estas partes a los vecinos más nobles y principales de ella,s y no a los que no sean muy conocidos, y esto responde. 

A la novena pregunta dijo que, se remite a lo dicho en la antecedente y satisfaciendo la última dijo que, todo lo que lleva dicho y declarado es público y notorio, pública voz y fama, la verdad y lo que sabe so cargo del juramento que hecho tiene en el que se afirmó y ratificó, siéndole leída está su declaración, dijo ser de edad de cuarenta y seis años poco más o menos.

Generales no le tocan, y lo firmó conmigo y testigos por falta de escribano. 

José Ignacio Duque de Estrada. 

Manuel José León de Zuloaga 

Testigos: José de Orozco, e Isidro Pineda. 

Marinilla, 1 de octubre de 1749. Declaración del capitán Don Ignacio de Villa.

 En dicho Valle, dicho día, mes y año, ante mí, dicho Juez Don 

Folio 514v.

 (Continuación de la declaración del capitán Don Ignacio de Villa)

José Gómez de Castro, para está mi información presentó por testigo al Capitán Don Ignacio de Villa, de quién por ante testigos, por falta de escribano, recibió juramento que lo hizo por Dios Nuestro Señor y una señal de Cruz, conforme a derecho, so cuyo cargo ofreció decir verdad en lo que supiere y le fuere preguntado, y siéndolo al tenor del interrogatorio presentado dijo a la primera pregunta que, tiene pleno conocimiento de los sujetos que en ella se nominan, y responde. 

La segunda dijo que, sabe que Don José, Don Javier, y don Antonio Gómez de Castro, son hijos legítimos de Bernardo Gómez de Castro y de Doña María Gertrudis de Betancourt, y responde. 

A la tercera pregunta dijo que, sabe que dicho Bernardo Gómez, fue hijo legítimo del sargento Cristóbal Gómez y de Doña María Álvarez del Pino, a quienes conoció y que, aunque no conoció a Cristóbal Gómez, padre de dicho Sargento, tuvo noticia que era persona ilustre y que no sabe más de la pregunta, y responde. 

A la cuarta pregunta dijo que, la dicha Doña María Álvarez. fue hija legítima de Pedro Álvarez del Pino y de Doña Gregoria Arcos Cortés, y responde. 

A la quinta pregunta dijo que, dicha Doña María Gertrudis de Betancurt, era hija legítima del secretario Lucas Javier de Betancourt y de Doña Beatriz Domínguez de San Ciprián, y dicho Secretario fue hijo de don Francisco de Betancourt y doña Margarita Álvarez del Pino, y añade que siempre ha oído de público y notorio que dicho Don Francisco de Betancourt, era deudo del comisario José de Betancourt, muy inmediato de un mismo tronco y casa, y responde. 

A la sexta pregunta, que no sabe donde fue nacida la dicha Doña Beatriz Domínguez de San Ciprián, 

pero que si la conoció en la villa de Medellín en donde siempre fue 

Folio 515r.

 (Continuación de la declaración del capitán Don Ignacio de Villa)

habida, tenida y reputada por mujer noble y principal, estimándose como tal señora y responde.

A la séptima pregunta dijo que, es cierto que las partes que lo han presentado como descendientes de Cristóbal Gómez, de Francisco de Betancourt, de Pedro Álvarez del Pino, y de Doña Gregoria de los Arcos Cortés, son legítimos acreedores a los papeles armas y genealogías que a cada uno de los contenidos le pertenecía, por ser estas partes descendientes, y responde.

A la octava pregunta dijo que, si estás partes que lo han presentado, como todos sus ascendientes ya mencionados han sido y son hijosdalgo notorios, limpios de toda mala raza, de negros, judíos, herejes, nuevamente convertidos, y que no han sido afrentados ni castigados por el Santo Oficio, ni han incurrido en nota que desdiga de su hidalguía, y responde.

A la novena pregunta dijo que, así las partes que lo presentan como sus ascendientes han obtenido en los lugares de la provincia los oficios honoríficos de república, los que solo se dan a los notorios hijosdalgo, y esto responde.

A la décima pregunta dijo que, todo lo que lleva dicho y declarado es público y notorio, pública voz y fama, la verdad y lo que sabe so cargo de su juramento que hecho tiene, en el que se afirmó y ratificó, siéndole leída esta su declaración, dijo ser de edad de sesenta años poco más o menos. [Las] Generales de la ley no le tocan, y lo firmó conmigo y testigos por falta de escribano. 

José Ignacio Duque de Estrada 

Ignacio de Villa. 

Testigos: Isidro Pineda, y Nicolás Ignacio de Rivera

Folio 515v.

1 de octubre de 1749, José Ignacio Duque de Estrada, alcalde ordinario del valle del Señor San José de la Marinilla, da por vista la información antecedente:

En atención a que la parte tiene dicho no presenta más testigos por ser los que tiene presentados de mayor excepción, en esta virtud debía de aprobar y apruebo la dicha información en cuanto puedo y a lugar por derecho devolviéndose el original como lo tiene pedido, para que use de su derecho cuanto le convenga. Y para que conste y que se le entregaron dichos instrumentos lo firma la parte conmigo, y testigos por falta de escribano, en el dicho Valle, día, mes y año. 

José Ignacio Duque de Estrada.

José Gómez de Castro

Testigos: Isidro Pineda, y Nicolás Ignacio de Rivera. 

Certificación del capitán Miguel Gutiérrez de Lara alcalde ordinario de Rionegro: 

Yo, el capitán Miguel Gutiérrez de Lara, alcalde ordinario de estos Valles del Rionegro, jurisdicción de la ciudad de Antioquia, certificó en la manera que puedo y debo, a los señores que la presente vieren, como el Señor Don José Ignacio Duque de Estrada, de quien parece autorizada la información antecedente, fue en el año pasado de setecientos cuarenta y nueve y es actual en este de cincuenta, tal alcalde ordinario, como se nombra y como tal a todos los instrumentos que ante dichos han pasado y pasan, se les ha dado y da entera fe y crédito judicial y extrajudicialmente, por ser como es fiel legal y de toda confianza, todo lo que me consta por hallarse la jurisdicción de dicho Señor tan inmediata a la mía, como que la divide el Rionegro y para que conste y a pedimento in voce de Don José Gómez de

Folio 516r.

 (Continuación de la certificación del capitán Miguel Gutiérrez de Lara)

de Castro, doy la presente, certifico y firmo en este sitio y valle del señor San Nicolás el Magno de Rionegro en cinco de febrero de mil setecientos cincuenta años, con testigos por falta de escribano. 

Miguel Gutiérrez. 

Testigos: Juan Prudencio de Marulanda, y Juan de Dios Morales y Silva. 

9 de febrero de 1750, Llanogrande, jurisdicción de la ciudad de Arma. Certificación de Don Lorenzo de Molina y Toledo alcalde ordinario de Santiago de Arma:

Yo, Don Lorenzo de Molina y Toledo, alcalde ordinario de la ciudad de Santiago de Arma, certifico en la manera que puedo y debo a los señores que la presente vieren, como el Señor Don José Ignacio Duque de Estrada, de quien parece autorizada la información antecedente, es tal alcalde ordinario del valle de la Marinilla, jurisdicción de la ciudad de Los Remedios, como se nombra, y que a los instrumentos que ante dicho Señor han pasado desde el año próximo pasado de setecientos cuarenta y nueve, hasta el presente de cincuenta, en que todavía ejerce el tal empleo de alcalde ordinario, se les ha dado y da entera fe y crédito judicial y extrajudicialmente como hechos ante juez competente, fiel, legal y de toda confianza, y así mismo certifico que el señor capitán Don Miguel Gutiérrez de Lara, de quién se halla la certificación antes de esta, es tal alcalde ordinario de los valles del Rionegro, jurisdicción de la ciudad de Antioquia, todo lo que me consta por hallarse las jurisdicciones de los dos señores jueces mencionados tan inmediatas a la mía, como que las dividen el río Negro y el río de Pereira, y las firmas que se hallan de los referidos, son suyas, según que las conozco bien, he visto en varios requerimientos que se ofrecen y cartas que corren tanto misivas en negocios particulares como de justicia, y para que conste y a pedimento in voce de Don José Gómez de

Folio 516v.

 (Continuación de la certificación de Don Lorenzo de Molina y Toledo alcalde ordinario de Santiago de Arma)

Castro, como interesado en la citada información, doy la presente certifico y firmo en Llanogrande jurisdicción de la ciudad de Arma, en nueve de febrero de mil setecientos y cincuenta años, con testigos por falta de escribano público y Real. 

Lorenzo de Molina. 

Testigo: Ignacio Narciso de Isasi. 

Testigo: José Domingo de Isasi. 

Petición: 

José Gómez de Castro, vecino del valle del señor San José de la Marinilla, parezco ante Vuestra Merced, conforme a derecho y digo que, se ha de servir y se lo suplico que se sirva de darme la certificación conforme del interrogatorio siguiente. 

Primeramente, certifique si tiene conocimiento de mi persona y de la de Antonio Gómez de Castro, mi hermano, si somos hijos legítimos habidos bajo del legítimo matrimonio de Don Bernardo Gómez de Castro y de Doña María Gertrudis Melian de Betancourt, certifique. 

Ítem, sí dicho Bernardo Gómez de Castro, fue hijo legítimo del sargento Cristóbal Gómez de Castro y de Doña María Álvarez del Pino y si dicho Sargento fue hijo legítimo de Cristóbal Gómez de Castro, natural de los reinos de España y de Catharina Marín. 

Ítem,si la dicha Doña María Álvarez del Pino, fue hija legítima de Pedro Álvarez del Pino y de Doña Gregoria Arcos Cortés. 

Ítem, si la dicha Doña María Gertrudis de Betancurt, mujer del referido Bernardo Gómez, nuestro padre, fue hija legítima del secretario Lucas Javier de Betancourt y de Doña Beatriz Domínguez de San Ciprián, y si dicho Lucas Javier de Betancourt fue hijo legítimo de Don Francisco de Betancourt y de Doña Margarita Álvarez del Pino, y si dicho Don Francisco era

Folio 517r.

 (Continuación de la certificación solicitada por Don José Gómez de Castro)

deudo inmediato del comisario José de Betancourt, conocidos por descendientes de un mismo tronco. 

Ítem,si saben de dónde era natural la dicha Doña Beatriz Domínguez de San Ciprián, y si fue conocida en estas provincias por mujer noble y principal. 

Ítem, si por razón de ser Yo, y dicho mi hermano descendientes por línea recta del referido Cristóbal Gómez de Castro, nuestro bisabuelo, nos tocan y pertenecen las informaciones que constan en el cuaderno de papeles de genealogía, que se testimoniaron e hicieron a pedimento de Don Ignacio y Don Nicolás de Cárdenas, vecinos de la villa de Medellín y todos aquellos más papeles que pertenezcan a dicho Cristóbal Gómez de Castro, y así mismo, si nos tocan y competen todos los papeles y armas testimoniadas a pedimento del referido comisario Don José de Betancourt, nuestro legítimo ascendiente, y si en la misma forma nos pertenecen los papeles y demás instrumentos del dicho Pedro Álvarez del Pino, padre de la dicha Doña María Álvarez del Pino, y los pertenecientes a Doña Gregoria de los Arcos Cortés, mujer del dicho Pedro Álvarez del Pino, nuestros legítimos ascendientes, y también si todo lo contenido en este interrogatorio es público y notorio, pública voz y fama, y hecha que sea dicha certificación autorizada en debida forma, suplico a Vuestra Merced, me devuelva original para efectos que me convengan, como también el cuaderno testimoniado de los papeles que pido certifique si nos pertenecen, el que junto con esta

Folio 517v.

 (Continuación de la certificación solicitada por Don José Gómez de Castro a Don Lorenzo de Castrillón Bernaldo de Quiróz alcalde ordinario de Rionegro)

[pre]sento, con la solemnidad necesaria por ser de justicia, la que mediante. A vuestra Merced pido y suplico se sirva de proveer y mandar según y como llevo pedido, de que recibiré Merced con justicia y juro lo necesario etc. 

José Gómez de Castro

Rionegro, 26 de marzo de 1751. Certificación otorgada por Don Lorenzo de Castrillón y Bernaldo de Quiróz a Don José Gómez de Castro

Por presentada, désele a esta parte la certificación que pide y en su conformidad, Yo Don Lorenzo de Castrillón Bernaldo de Quiroz, alcalde ordinario de este valle del Señor San Nicolás el Magno de Rionegro, jurisdicción de la ciudad de Antioquia, por Su Majestad, certificó en la manera que puedo y ha lugar en derecho, que conozco a José Gómez de Castro y Antonio Gómez de Castro, su hermano, por hijos legítimos de Bernardo Gómez de Castro y de Doña María Gertrudis Milian de Betancourt, y que el dicho Bernardo Gómez, fue hijo legítimo de Cristóbal Gómez de Castro y de Doña María Álvarez de el Pino, y que la dicha Doña María Gertrudis, fue hija legítima de Lucas Javier de Betancourt, escribano que fue del Cabildo de la villa de Medellín, y de Doña María Beatriz Domínguez de San Ciprián, que la dicha tuve noticia era natural de las provincias de arriba y persona noble, que por tal fue estimada y reputada en esta Provincia, como también lo fueron los dichos Bernardo Gómez de Castro, Doña María Gertrudis Melián de Betancourt, y Lucas Javier de Betancourt, Cristóbal Gómez de Castro y doña María Álvarez del Pino, padres y abuelos de los sobre dichos José [y] Antonio Gómez de Castro, y para que lo referido, que es lo que me consta haya lugar donde convenga, doy la presente certificación que firmo con testigos, por defecto de escribano público ni Real en Rionegro a veinte y seis de marzo de 

Folio 518r.

 (Continuación de la certificación otorgada por Don Lorenzo de Castrillón y Bernaldo de Quiróz a Don José Gómez de Castro)

de mil setecientos y cincuenta y un años. 

Lorenzo Castrillón Bernaldo de Quiroz 

Testigos: Juan Antonio López Martínez, y Juan de Dios Morales y Silva. 

Marinilla, 21 de julio de 1753. Certificación de testimonio por Don Manuel José León de Zuloaga alcalde ordinario de Marinilla

Concuerdan estos traslados con las partes de donde se sacaron, con los cuales se corrigió y concertó están ciertos y verdaderos, a que en caso necesario me remito a ellos y en virtud del pedimento que está por cabeza, doy el presente testimonio, que certifico y firmo Yo, Don Manuel José León de Zuloaga, alcalde ordinario en la Marinilla a veinte y uno de julio de mil setecientos cincuenta y tres años, con testigos por falta de escribano, y en 25 hojas con esta. 

Manuel José León de Zuloaga 

Testigos: José de Orozco y Berrío, y José Juan Martínez de Castro 

Rionegro, 27 de julio de 1753. Don Felipe de Villegas y Córdoba alcalde ordinario de Rionegro, da fe que el documento antecedente fue presentado con petición de Don Antonio Gómez de Castro

Presentado con petición de Don Antonio Gómez de Castro, ante mí, el Alcalde Ordinario, en Rionegro, a veinte y siete de julio de mil setecientos cincuenta y tres años. 

Villegas. 

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